
El Parlamento Europeo dio luz verde hoy a la controvertida directiva que regula el acceso a Internet. Al final no hubo sorpresa, y la enmienda pactada el 5 de noviembre de 2009 entre el Consejo y la Eurocámara sobre la regulación de las restricciones a la conexión a la Red, sin necesidad de un procedimiento judicial previo, fue aprobada casi por unanimidad con 510 votos a favor, 40 en contra y 24 abstenciones
Desde el Grupo S&D, Teresa Riera Madurell, la eurodiputada socialista responsable de la negociación, asegura que es un avance respecto a la enmienda original porque se recogen derechos que no existían en aquel texto, al incorporar el mismo al Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. La directiva afirma que el acceso a Internet se podrá restringir, en caso necesario y de manera proporcionada, “únicamente después de un procedimiento justo e imparcial, que incluya el derecho del usuario a ser escuchado”.
Desde el Grupo Popular, tanto Pilar del Castillo, una de las ponentes de la reforma, como Alejo Vidal-Quadras, que ha llevado las negociaciones con el Consejo, indicó “las garantías como un proceso previo, el derecho a ser oído y que la carga de la prueba recaiga en el organismo -ya sea judicial o administrativo- y no en el usuario de Internet, son un avance importantísimo”.
En estas dos semanas, todo el interés de los grupos parlamentarios, incluyendo al Partido Pirata sueco, cuyo ideario se basa precisamente en la defensa de la libertad en Internet, ha sido convencer a la opinión pública de que no ha habido una marcha atrás respecto a la aprobada enmienda 138 (mes de mayo 2009 Parlamento de Estrasburgo), que impedía cualquier restricción indebida del acceso de los usuarios a Internet “sin una orden judicial previa”.
Esa célebre enmienda, cuya contundencia era extraña en el lenguaje comunitario, provocó la rebelión del Consejo de Ministros, y forzó a una conciliación entre el órgano ejecutivo y la Eurocámara, de la que ha salido un texto mucho más ambiguo, que señala que el acceso a Internet podrá restringirse, de ser necesario y proporcionado, “únicamente tras un procedimiento justo e imparcial, que incluya el derecho del usuario a ser escuchado”. Cada Estado miembro tendrá libertad en decidir lo oportuno en cada caso.
Los Estados miembros tendrán de plazo hasta mediados de 2011 para adaptar sus legislaciones nacionales a la nueva normativa (transposición). España no tiene ninguna legislación específica de las descargas, pero no tendrá problemas para trasponer la directiva, ya que el Gobierno, con el respaldo de la industria cultural, ha renunciado expresamente a adoptar la desconexión como media disuasoria para evitar las descargas de archivos protegidos por derechos de autor.
El Paquete de Telecomunicaciones
El PE ha aprobado una completa reforma legislativa, compuesta por dos directivas y un reglamento, denominada Paquete de las Telecomunicaciones, que armoniza los derechos de los usuarios y la competencia entre operadores. Entre las normas aprobadas en ese paquete destaca la de que los usuarios podrán cambiar de compañía conservando el número telefónico en un día laborable, la prohibición del spam (correo electrónico basura) o la necesidad de pedir permiso para instalar cookies (rastros de páginas visitadas en Internet para mejorar la navegación) en los ordenadores de los usuarios.
Resolución legislativa del Parlamento Europeo, de 24 de noviembre de 2009, sobre el texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifican la Directiva 2002/21/CE relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas, la Directiva 2002/19/CE relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión, y la Directiva 2002/20/CE relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (PE-CONS 3677/2009 – C7-0273/2009 – 2007/0247(COD))
Leer texto aprobado: P7_TA(2009)0068
